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Registro y Ventanilla Única

Detalles sobre el Registro y la Ventanilla Única de Miraflores de la Sierra.

Registro General

El Registro general de documentos (solicitudes, reclamaciones, facturas, bolsa de empleo, ventanilla única...) permite la entrada y salida de los mismos de un ayuntamiento. 

Para este proceso se necesita rellenar la Instancia General (Descargar PDF) por duplicado, para que cada una de las partes interesadas se quede con una copia.

También se facilita atención e información al público.

Requisitos para la utilización del Registro

  • Ser mayor de edad. 
  • Solicitar la consulta por Registro de Entrada.
  • Autorización del Alcalde o Concejal.
  • Comprometerse a entregar al Ayuntamiento copia de la investigación realizada, y en caso de publicaciones, tiene que aparecer en los Agradecimientos Excmo. Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra.

¿Qué es la Ventanilla Única?

Es un proyecto que pretende acercar la administración al ciudadano y establecer una mayor colaboración entre las tres administraciones intervinientes: la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales.

El artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992) establece que "las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno Convenio", disponiendo además que "mediante convenios de colaboración suscritos entre las Administraciones Públicas, se establecerán sistemas de intercomunicación y coordinación de registros que garanticen su compatibilidad informática y la transmisión telemática de los asientos".

Con esa finalidad, se formalizó, 21 de mayo de 1997, el Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid, para la progresiva implantación de un sistema intercomunicado de registros entre la Administración General del Estado, la Administración de la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales del ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma (publicado en BOE núm 138, de 10 de junio de 1997 y BOCM núm. 15, de 19 de enero de 1998).

Objetivo del Convenio Marco

El Convenio Marco pretende la implantación de la Ventanilla Única en el ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid.

Su principal objetivo es permitir la presentación de todo tipo de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Administración General del Estado, a Administración de la Comunidad de Madrid y los organismos públicos dependientes de ambas, en cualquiera de los registros ubicados en los municipios de nuestra región, y establecer un sistema de información completa sobre las tres administraciones intervinientes.

Mediante la adhesión de las entidades locales al Convenio Marco, estás se comprometen a transformar sus registros en auténticas ventanillas únicas de las administraciones públicas, facilitando la relación de los ciudadanos con las mismas, sin necesidad de desplazamientos innecesarios.

Ventajas de la Ventanilla Única

Para los Ciudadanos 
  • La Administración se acerca a todos los vecinos.
  • Evita desplazamientos fuera del municipio.
    Desaparición de colas y aglomeraciones en las ventanillas.
  • Único punto de información y registro en su municipio.
  • Información completa sobre las administraciones estatal y autonómica.
Para los Ayuntamientos
  • Intercomunicación de registros administrativos entre las tres administraciones públicas.
  • Intercambio de información entre las administraciones participantes.
  • Simplificación e integración de trámites y procedimientos administrativos.
  • Utilización de criterios comunes de actuación de los registros en la labor administrativa.
Otras Ventajas
  • Papel protagonista de las Entidades Locales en las relaciones con los ciudadanos.
  • Simplificación de las relaciones del ciudadano con las organizaciones administrativas.
  • Cooperación entre los tres niveles administrativos que coexisten: Estado, Comunidad Autónoma y Entidad Local.
Muy importante
Por Ventanilla Única sólo se puede recoger con destino a la Comunidad de Madrid y el Estado, NUNCA para otros Ayuntamientos ni Comunidades Autónomas.

Ventanilla Única: Enlaces de interés.

 

Nota importante

Estas indicaciones están extraídas del sitio web municipal y de consultas realizadas en el Ayuntamiento. Los promotores de este sitio web no se hacen responsables  de la precisión de estas informaciones, y del mismo modo no son rersponsables de cualquier consecuencia de su aplicación. Los datos que se exponen en este sitio web se ofrecen a título meramente informativo como ayuda al ciudadano y sin compromiso alguno de sus autores. Para más información consulte directamente con el Ayuntamiento.