25. Reguladora del precio público por inserción de anuncios en revista municipal
Ordenanza Fiscal N.° 25
Reguladora del precio público por inserción de anuncios en revista municipal
Fundamento Legal
Artículo 1°.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.e y 41 del R.D. leg. 2/2004, de 5 de marzo, se establece el precio público por inserción de anuncios en la Revista Pública del Ayuntamiento de Miraflores, por parte de los particulares u otras Instituciones Públicas o Privadas.
Sujeto Pasivo
Artículo 2°.
Se hallan obligadas al pago del precio público de referencia las personas físicas y jurídicas y las entidades a las que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, que efectivamente inserten anuncios en la Revista Pública Municipal que se edita por el Ayuntamiento en diferentes fechas.
Tarifas
Artículo 3º.
La cuantía del precio público por la inserción de anuncio en la Revista Municipal será en función al siguiente cuadro:
| Páginas |
Importe Nº Especial verano |
Importe Nº Ordinario |
Importe Nº Especial Navidad |
|---|---|---|---|
| Una página |
120,00 Euros |
40,00 Euros | 80,00 Euros |
| Media página | 72,00 Euros | 24,00 Euros | 48,00 Euros |
| Un cuarto de página | 42,00 Euros | 14,00 Euros | 28,00 Euros |
La impresión en color y la situación en las páginas principales supondrán un incremento en el precio:
| Páginas |
Importe Nº Especial verano |
Importe Nº Ordinario |
Importe Nº Especial Navidad |
|---|---|---|---|
| Una página completa en color |
300,00 Euros |
100,00 Euros | 200,00 Euros |
| Media página en color |
180,00 Euros | 60,00 Euros | 120,00 Euros |
| Un cuarto de página en color |
120,00 Euros | 40,00 Euros | 80,00 Euros |
Páginas principales
| Páginas |
Importe Nº Especial verano |
Importe Nº Ordinario |
Importe Nº Especial Navidad |
|---|---|---|---|
| Segunda página |
900,00 Euros |
300,00 Euros | 600,00 Euros |
| Penúltima página | 600,00 Euros | 200,00 Euros | 400,00 Euros |
| Última página | 900,00 Euros | 300,00 Euros | 600,00 Euros |
Obligacioón de pago
Articulo 4º.
La obligación de Pago nace con la efectiva aparición en la Revista Municipal del anuncio solicitado. El pago deberá efectuarse con carácter previo a la inserción. EXACCIÓN Artículo 5º.Se autoriza a la Concejalía de Cultura a la Exacción y Gestión del Precio Público aprobado.
Exenciones o bonificaciones
Artículo 6º.
Estarán exentos del Pago del Precio Público, los Anuncios Institucionales de las Administraciones Públicas.
Aprobación y vigencia
La presente ordenanza entrará en vigor una vez publicado completamente su Texto en el BOCAM., y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.